Autónomo
Moderador: Moderadores
Autónomo
Saludos delineant@s!!
Espero que alguien me pueda decir algunas cosas sobre ser auntonoma.
¿como me doy de alta como autonoma?
¿que ventajas e incovenientes tiene?
¿hay algun tipo de ayuda para jóvenes?
Tampoco se esactamente como va, ¿los autonomos tienen que pagar todos los años un tanto por ciento de los trabajos que hayan hecho y declarado?
¿Hay mínimos o algo así que pagar al año?
Veis que estoy un pooco perdida en el tema pero me interesa muxo.
Contestarme plissss!!
Espero que alguien me pueda decir algunas cosas sobre ser auntonoma.
¿como me doy de alta como autonoma?
¿que ventajas e incovenientes tiene?
¿hay algun tipo de ayuda para jóvenes?
Tampoco se esactamente como va, ¿los autonomos tienen que pagar todos los años un tanto por ciento de los trabajos que hayan hecho y declarado?
¿Hay mínimos o algo así que pagar al año?
Veis que estoy un pooco perdida en el tema pero me interesa muxo.
Contestarme plissss!!
Re: Autónomo
Hola cris!!
Yo soy autónomo, como muchos que deambulan por el foro , o sea que mis respuestas espero que sean acertadas y sino que me corrija el mas sabio .
y pedir cita para que te entreguen unos formularios a rellenar, una vez rellenados los entregas a quien corresponda, entones cada mes pagaras una cuota de autónomos, que alli te informaran cual es el maximo y minimo a cotizar. Y luego tienes que irte a hacienda a darte de alta en actividades economicas, el modelo es el 031 si no lo han cambiado .
A partir de aqui, tendras que presentar a hacienda declaraciones trimestrales del IRPF y IVA que son 4, (1 trimestre abril, 2 trimestre julio, 3 trimestre octubre y por ultimo 4 trimestre enero donde tambien se hace la declaración anual del IVA).
Podria extenderme mas, pero te lo he resumido
Desventajas , como tengas meses malos, como la crisis que nos azota en estos tiempos , tendras que pensar si continuar o darte de baja.
Pero repito declaras IRPF cada tres meses, NO pagas IRPF a final de año.
Igual pasa con el IVA, que lo pagas cada trimestre.
Bueno, esta es mi narración, espero no haberte aburrido y si alguien del foro tiene algo que decir que lo diga, asi estamos todos enterados.
Saludos Autonomicos.
Yo soy autónomo, como muchos que deambulan por el foro , o sea que mis respuestas espero que sean acertadas y sino que me corrija el mas sabio .
Tienes que ir a la Seguridad Social de tu comarca.¿como me doy de alta como autonoma?
y pedir cita para que te entreguen unos formularios a rellenar, una vez rellenados los entregas a quien corresponda, entones cada mes pagaras una cuota de autónomos, que alli te informaran cual es el maximo y minimo a cotizar. Y luego tienes que irte a hacienda a darte de alta en actividades economicas, el modelo es el 031 si no lo han cambiado .
A partir de aqui, tendras que presentar a hacienda declaraciones trimestrales del IRPF y IVA que son 4, (1 trimestre abril, 2 trimestre julio, 3 trimestre octubre y por ultimo 4 trimestre enero donde tambien se hace la declaración anual del IVA).
Podria extenderme mas, pero te lo he resumido
Depende de las ofertas que tengas en el mercado, si eres emprendedora y sabes hacerte una buena cartera de clientes (arquitectos, aparejadores, ingenieros) entonces podras cubrirte los gastos del autónomo y manejar tu misma los horarios de trabajo, ahora bien tb se da el caso de que te pongas a trabajar para una empresa como autónomo, pero solo podras dedicar a esta empresa un maximo del 75% de exclusividad ya que el otro 25% tienen que ser otros clientes (esta nueva normativa salio en el 2007).¿que ventajas e incovenientes tiene?
Desventajas , como tengas meses malos, como la crisis que nos azota en estos tiempos , tendras que pensar si continuar o darte de baja.
Pues si!!, cuando te des de alta en la seguridad de autonomos informate que ventajas tiene para tí darte de alta, ya que a mí cuando me di de alta me bonificaron un 50% de la paga mensual durante 3 años.¿hay algun tipo de ayuda para jóvenes?
Los trabajos los declaras cada tres meses a hacienda, cuando haces una factura a un cliente, en mi caso el cliente me retiene un 15% del precio neto y luego en las declaraciones trimestrales hacienda te retiene un 5% siempre que la factura lleve retención. Ahora si la factura no lleva retención y solo IVA entonces declaras a hacienda un 20%, ahora como te lo explico es un poco confuso,`pero en la practica se aclara.¿los autonomos tienen que pagar todos los años un tanto por ciento de los trabajos que hayan hecho y declarado?
Pero repito declaras IRPF cada tres meses, NO pagas IRPF a final de año.
Igual pasa con el IVA, que lo pagas cada trimestre.
A que te refieres mínimos????, aqui no lo pillo .¿Hay mínimos o algo así que pagar al año?
Bueno, esta es mi narración, espero no haberte aburrido y si alguien del foro tiene algo que decir que lo diga, asi estamos todos enterados.
Saludos Autonomicos.
Y delineamos poesia con el silencio de nuestra profesión.
gracias por tu respuesta!!
Bueno tengo aún alguna dudilla...
si hay meses en los que hago por ejemplo 5 trabajos y son todos para el mismo cliente ¿que pasa?
¿cuanto se tarda en darse de alta? osea yo hago todo el papeleo que dices y ya soy autonoma? o hay un periodo o algo entremedias.
Esque tengo pensado darme de alta como autónma, pero de momento salen pocas cosas y muchas no me piden factura ni nada, entonces me gustaría aguantar un poco hasta que me salga algun trabajo donde tenga que presentar factura, y me gustaría saber en cuantos días pasados los papeleos podría facturar.
Otra duda es si siendo autónma me pueden contratar como asalariado. No se si me explico bien. Trabajar para una empresa y a la vez ser autónoma. ¿esto se puede? ¿o deberia trabajar para la empresa como autonoma?
Bueno no se si mis preguntas son algo tontas pero es que como veis no tengo ni idea!
Bueno tengo aún alguna dudilla...
si hay meses en los que hago por ejemplo 5 trabajos y son todos para el mismo cliente ¿que pasa?
¿cuanto se tarda en darse de alta? osea yo hago todo el papeleo que dices y ya soy autonoma? o hay un periodo o algo entremedias.
Esque tengo pensado darme de alta como autónma, pero de momento salen pocas cosas y muchas no me piden factura ni nada, entonces me gustaría aguantar un poco hasta que me salga algun trabajo donde tenga que presentar factura, y me gustaría saber en cuantos días pasados los papeleos podría facturar.
Otra duda es si siendo autónma me pueden contratar como asalariado. No se si me explico bien. Trabajar para una empresa y a la vez ser autónoma. ¿esto se puede? ¿o deberia trabajar para la empresa como autonoma?
Bueno no se si mis preguntas son algo tontas pero es que como veis no tengo ni idea!
Hola cris!!
Saludos.....
No pasa nada, lo que te queria decir es que a la persona que le hagas los trabajos no te puede decir en ningún momento la tipica frase "solo quiero que trabajes para mí o que te lo haga entender de otra forma". Aqui los autonomos ya estamos protegidos de no tener que dar 100% exclusividad a un cliente.Bueno tengo aún alguna dudilla...
si hay meses en los que hago por ejemplo 5 trabajos y son todos para el mismo cliente ¿que pasa?
El alta como autonoma tanto en la seguridad social y en hacienda es automatico, estaras de alta el mismo dia que entregues los papeles. , ahora bien lo que te puede retrasar son las subvenciones del Inem.¿cuanto se tarda en darse de alta? osea yo hago todo el papeleo que dices y ya soy autonoma? o hay un periodo o algo entremedias.
Pues date un margen o unas pocas semanas para ver como va todo.Esque tengo pensado darme de alta como autónma, pero de momento salen pocas cosas y muchas no me piden factura ni nada, entonces me gustaría aguantar un poco hasta que me salga algun trabajo donde tenga que presentar factura, y me gustaría saber en cuantos días pasados los papeleos podría facturar.
Puedes estar como asalariada (contrato) y autonoma a la vez, y pagar dos seguros a la seguridad social, en este caso si se suman las cantidades para la jubilaciónOtra duda es si siendo autónma me pueden contratar como asalariado. No se si me explico bien. Trabajar para una empresa y a la vez ser autónoma. ¿esto se puede? ¿o deberia trabajar para la empresa como autonoma?
Bueno no se si mis preguntas son algo tontas pero es que como veis no tengo ni idea!
Saludos.....
Y delineamos poesia con el silencio de nuestra profesión.
Man286 te agradezco tus respuestas. Ya tengo algo más claro este tema.
Lo que dices sobre la exclusividad... no pasa nada entonces que algunos meses las facturas q presentes son para el mismo cliente?
como dices voy a esperar algo de tiempo por como esta la cosa de parada, pero acabaré dando de alta, si es algo rápido me esperaré hasta el ultimo momento jeje.
¿Donde me podria enterar (por internet...) que ayudas podria obetener por ser joven?
Lo que dices sobre la exclusividad... no pasa nada entonces que algunos meses las facturas q presentes son para el mismo cliente?
como dices voy a esperar algo de tiempo por como esta la cosa de parada, pero acabaré dando de alta, si es algo rápido me esperaré hasta el ultimo momento jeje.
¿Donde me podria enterar (por internet...) que ayudas podria obetener por ser joven?
Hola de nuevo cris!!!
He tenido que leerme un ratito el nuevo estatuto que salio en el 2007 y que sobre octubre 2007 ya se dio de alta.
Hace pocos meses recibi un folleto del nuevo estatuto de autónomos, pero era bastante abreviado.
He buscado en internet el texto mas extendido sobre la nueva ley, y te pongo el enlace....
http://www.crear-empresas.com/leyes/ley20_07.htm
Bueno según he leido, si realmente solo piensas trabajar para un cliente, este mismo cliente tiene que firmar un contrato entre los dos (que aun no se el modelo ni forma que tiene, ya que yo me estoy enterando ahora mismo ) y entregarlo al Inem, ya que sera como una especie de contrato y que si llegara el dia en que el quisiera cesar de tus servicios, tendria que abonarte una cantidad de dinero por daños y perjuicios.
De todas maneras leete el enlace en el apartado de autonomo dependiente.
Saludos
He tenido que leerme un ratito el nuevo estatuto que salio en el 2007 y que sobre octubre 2007 ya se dio de alta.
Hace pocos meses recibi un folleto del nuevo estatuto de autónomos, pero era bastante abreviado.
He buscado en internet el texto mas extendido sobre la nueva ley, y te pongo el enlace....
http://www.crear-empresas.com/leyes/ley20_07.htm
Bueno según he leido, si realmente solo piensas trabajar para un cliente, este mismo cliente tiene que firmar un contrato entre los dos (que aun no se el modelo ni forma que tiene, ya que yo me estoy enterando ahora mismo ) y entregarlo al Inem, ya que sera como una especie de contrato y que si llegara el dia en que el quisiera cesar de tus servicios, tendria que abonarte una cantidad de dinero por daños y perjuicios.
De todas maneras leete el enlace en el apartado de autonomo dependiente.
Saludos
Y delineamos poesia con el silencio de nuestra profesión.
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