Ley Ómnibus
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- mamensbd
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Re: Ley Ómnibus
Ahora nos dice Europa que el Gobierno “va muy lejos” en el cumplimiento de las recomendaciones de la UE en el tema, entre otros, de la posible apertura de las Profesiones Reguladas. http://www.lavanguardia.com/economia/20 ... -2014.html
En que quedamos, ¿no nos decían que la apertura de las profesiones reguladas y de su liberación era una imposición de Europa?
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“¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
- mamensbd
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Re: Ley Ómnibus
Parece que ya es inminente la tramitación de la nueva “Ley de liberalización de los servicios profesionales” que acarreará la eliminación de las “reservas de actividad” en el ámbito de la construcción y edificación. Esa nueva Ley supondrá también la modificación de la actual LOE de edificación para adecuarla a la liberalización de servicios.
http://www.coavn.org/coavn/mail/12/Mens ... 21228a.htm
http://www.coamu.es/ntficha.jsp?id=513&tipo=Noticia
http://www.coamu.es/wcoamuficheros/noti ... ectura.pdf
Debemos de estar TODOS atentos, con nuestros Colegios y Consejo a la cabeza, para, si fuera necesario, emprender medidas de presión ante los Ministerios, Grupos Políticos, etc..., para no permitir mantener nuestra actual situación de no ser considerados como “Agentes de la Edificación” en ninguno de los supuestos de la actual LOE, impidiéndonos nuestra integración profesional en el resto de países de la Unión Europea e impidiéndonos aquí nuestro autónomo desarrollo profesional y competencial (Cédulas de habitabilidad, Certificaciones Energéticas, Obras menores, etc...) acordes con nuestras formaciones Post-Secundarías y Superiores que en muchos casos son similares, e incluso superiores, a las de nuestros envidiados compañeros Delineantes europeos.
Aquí tenéis la presentación del “Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales” del 20/12/2012 (http://ingenieria-edificacion.blogspot. ... on-de.html).
Como podéis ver “seguramente” nos quedaremos fuera, desapareciendo nuestra regulación profesional e extinguiendo nuestra profesión tal como la hemos entendido en estos últimos 40 años. Hablan de mantener ciertas profesiones Tituladas dentro de la FP Superior pero creo que se refieren a las del sector sanitario que tienen una Ley propia (tipo nuestra LOE) en que si se reconocen a los TS Sanitarios y otras profesiones que están integradas dentro del sector de “Otros”. Dentro del sector de la Profesiones Técnicas solo se habla de los de siempre, A, AT, I e IT y siempre dentro del sector de la Edificación y “punto”, parece que el resto (Delineantes, Decoradores, etc.) solamente ejerceremos “actividades” instrumentales al servicio de las profesiones que seguirán reguladas. Si eso es así pasara lo de siempre, “se cambia todo para seguir igual”, de liberalizar NADA DE NADA, seguiremos pudiendo hacer lo mismo e incluso menos ya que o estaremos al servicio de otros profesionales (A, AT, I e IT) o nuestra “actividad” podrá ser realizada por cualquier hijo de vecino que se crea capacitado para realizarla aun no teniendo ninguna formación.
Una posible medida de presión seria solicitar ayuda a los Colegios y Asociaciones europeas de profesiones análogas a la nuestra (Geómetra italiano, Agente Técnico de Arquitectura e Engenharia portugués, etc.) para que presentaran una queja formal ante el Ministerio de Fomento (Economía, Educación, AAEE, etc.) ante la vulneración de derechos que tienen sus profesionales en España por no poder realizar aquí su trabajo con sus correspondientes competencias en igualdad de condiciones que las que tienen en su país de origen. Cada vez más estamos en un mundo más globalizado y para que Europa sea competitiva necesita de la libre circulación de profesionales y las trabas y restricciones que nos pone la Administración española a los Delineantes también se las pone a los análogos Delineantes europeos que quieren trabajar aquí, que pudiendo tener la equivalencia académica aquí como Técnico Superior “x” en la rama de Edificación y Obra Civil, etc, no pueden ejercer sus competencias profesionales dada las restricciones de los servicios profesionales aquí establecidas en unas Leyes de Atribuciones únicas en Europa si se tiene en cuenta su elevado nivel de restricción y de regulación profesional
Espero la contundente respuesta de nuestros Colegios y Consejo ante la desastrosa situación que se nos avecina como ya están demostrando otras profesiones como la de los A (http://www.coag.es/categorias/novedades ... onales.pdf).
Como se puede ver, dada la gravedad de este asunto sin más dilación se han puesto “manos a la obra” implicando a todos sus profesionales, sindicatos, estudiantes, etc..., e incluso implicando a los AT, tan denostados últimamente por los propios A por el tema de la nueva titulación de Grado en IE.
Tenemos que reaccionar ya, Liberación de Servicios Profesionales SI, pero con esa liberalización de servicios se tiene que dejar contundentemente claro que como Delineantes y como Técnicos superiores Proyectistas vamos ha poder realizar libremente y de forma autónoma todos aquellos trabajos que no necesitan de un Proyecto arquitectónico de “ENTIDAD” de Obra Nueva, de Reforma o de Rehabilitación integral en que se toque la estructura.
Tenemos que encontrar aliados en Europa (Geómetras, BTS, Agente Técnico de Arquitectura e Engenharia, etc....) y aquí con los Decoradores y los TS Sanitarios sino toda nuestra actividad se la repartirán entre los A, AT, I e IT y los Delineantes que tengan más suerte y puedan seguir en nuestro sector no podrán aspirar a más que ser meros “ayudantes” de una actividad instrumental al servicio de la Edificación y de Obra Civil de los A, AT, I e IT.
Hay que moverse YA........., es hora de anticiparnos y que todos planeemos ideas e iniciativas y que nuestros Colegios y Consejos organicen y ACTÚEN.
http://www.coavn.org/coavn/mail/12/Mens ... 21228a.htm
http://www.coamu.es/ntficha.jsp?id=513&tipo=Noticia
http://www.coamu.es/wcoamuficheros/noti ... ectura.pdf
Debemos de estar TODOS atentos, con nuestros Colegios y Consejo a la cabeza, para, si fuera necesario, emprender medidas de presión ante los Ministerios, Grupos Políticos, etc..., para no permitir mantener nuestra actual situación de no ser considerados como “Agentes de la Edificación” en ninguno de los supuestos de la actual LOE, impidiéndonos nuestra integración profesional en el resto de países de la Unión Europea e impidiéndonos aquí nuestro autónomo desarrollo profesional y competencial (Cédulas de habitabilidad, Certificaciones Energéticas, Obras menores, etc...) acordes con nuestras formaciones Post-Secundarías y Superiores que en muchos casos son similares, e incluso superiores, a las de nuestros envidiados compañeros Delineantes europeos.
Aquí tenéis la presentación del “Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales” del 20/12/2012 (http://ingenieria-edificacion.blogspot. ... on-de.html).
Como podéis ver “seguramente” nos quedaremos fuera, desapareciendo nuestra regulación profesional e extinguiendo nuestra profesión tal como la hemos entendido en estos últimos 40 años. Hablan de mantener ciertas profesiones Tituladas dentro de la FP Superior pero creo que se refieren a las del sector sanitario que tienen una Ley propia (tipo nuestra LOE) en que si se reconocen a los TS Sanitarios y otras profesiones que están integradas dentro del sector de “Otros”. Dentro del sector de la Profesiones Técnicas solo se habla de los de siempre, A, AT, I e IT y siempre dentro del sector de la Edificación y “punto”, parece que el resto (Delineantes, Decoradores, etc.) solamente ejerceremos “actividades” instrumentales al servicio de las profesiones que seguirán reguladas. Si eso es así pasara lo de siempre, “se cambia todo para seguir igual”, de liberalizar NADA DE NADA, seguiremos pudiendo hacer lo mismo e incluso menos ya que o estaremos al servicio de otros profesionales (A, AT, I e IT) o nuestra “actividad” podrá ser realizada por cualquier hijo de vecino que se crea capacitado para realizarla aun no teniendo ninguna formación.
Una posible medida de presión seria solicitar ayuda a los Colegios y Asociaciones europeas de profesiones análogas a la nuestra (Geómetra italiano, Agente Técnico de Arquitectura e Engenharia portugués, etc.) para que presentaran una queja formal ante el Ministerio de Fomento (Economía, Educación, AAEE, etc.) ante la vulneración de derechos que tienen sus profesionales en España por no poder realizar aquí su trabajo con sus correspondientes competencias en igualdad de condiciones que las que tienen en su país de origen. Cada vez más estamos en un mundo más globalizado y para que Europa sea competitiva necesita de la libre circulación de profesionales y las trabas y restricciones que nos pone la Administración española a los Delineantes también se las pone a los análogos Delineantes europeos que quieren trabajar aquí, que pudiendo tener la equivalencia académica aquí como Técnico Superior “x” en la rama de Edificación y Obra Civil, etc, no pueden ejercer sus competencias profesionales dada las restricciones de los servicios profesionales aquí establecidas en unas Leyes de Atribuciones únicas en Europa si se tiene en cuenta su elevado nivel de restricción y de regulación profesional
Espero la contundente respuesta de nuestros Colegios y Consejo ante la desastrosa situación que se nos avecina como ya están demostrando otras profesiones como la de los A (http://www.coag.es/categorias/novedades ... onales.pdf).
Como se puede ver, dada la gravedad de este asunto sin más dilación se han puesto “manos a la obra” implicando a todos sus profesionales, sindicatos, estudiantes, etc..., e incluso implicando a los AT, tan denostados últimamente por los propios A por el tema de la nueva titulación de Grado en IE.
Tenemos que reaccionar ya, Liberación de Servicios Profesionales SI, pero con esa liberalización de servicios se tiene que dejar contundentemente claro que como Delineantes y como Técnicos superiores Proyectistas vamos ha poder realizar libremente y de forma autónoma todos aquellos trabajos que no necesitan de un Proyecto arquitectónico de “ENTIDAD” de Obra Nueva, de Reforma o de Rehabilitación integral en que se toque la estructura.
Tenemos que encontrar aliados en Europa (Geómetras, BTS, Agente Técnico de Arquitectura e Engenharia, etc....) y aquí con los Decoradores y los TS Sanitarios sino toda nuestra actividad se la repartirán entre los A, AT, I e IT y los Delineantes que tengan más suerte y puedan seguir en nuestro sector no podrán aspirar a más que ser meros “ayudantes” de una actividad instrumental al servicio de la Edificación y de Obra Civil de los A, AT, I e IT.
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Re: Ley Ómnibus
Efectivamente es buena idea buscar apoyo entre los geómetras italianos, es una lobby influyente pensad que se apuntan a los colegios de geómetras los mismisimos arquitectos e ingenieros junior pues el geómetra tiene más visibilidad y reconocimiento por parte de la sociedad, es como el "tecnico de familia" para hacer un simil médico.
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buscar apoyo entre los geómetras italianos
Algo parecido sucede aquí con los Ingenieros Técnicos respecto a los Ingenieros.compnoprofit escribió:Efectivamente es buena idea buscar apoyo entre los geómetras italianos, es una lobby influyente pensad que se apuntan a los colegios de geómetras los mismisimos arquitectos e ingenieros junior pues el geómetra tiene más visibilidad y reconocimiento por parte de la sociedad, es como el "tecnico de familia" para hacer un simil médico.
si algo puede salir bien, saldrá bien
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Re: Ley Ómnibus
Que se puede hacer Mamensbd?
Re: Ley Ómnibus
Creo que volver a insistir con la campaña de correos electronicos para que nos incluyan como agentes de la edificación en concurrencia con otros técnicos y de acuerdo con nuestras capacidades y competencias adquiridas en los estudios superiores seria una buena cosa; masiva, sin esfuerzo e independiente.
trabajar-persistir-esperar
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Re: Ley Ómnibus
Sinceramente no lo sé dada que esta nueva Ley y sus consecuencias derivadas (modificación de la LOE) están en estado “embrionario”. A nivel individual creo que poco se puede hacer dado que el Ministerio que esta elaborando esta nueva Ley es el SUPER Ministerio de Economía y parece que por ahora ha contado poco o nada con el resto de administraciones implicadas (M. de Fomento, M. de Educación, M. Industria, M. de Hacienda y Administraciones Públicas, Colegios Profesionales, etc) provocando malestar en todas esas administraciones.macetacincel escribió:Que se puede hacer Mamensbd?
Ahora lo único que creo que se puede hacer a nivel individual y de forma independiente es atender la solicitud de colaboración que nos ha brindado el Gobierno para la “Reforma de las Administraciones Públicas” donde podríamos sugerirles que las administraciones y en especial los Ayuntamientos no nos pongan tantas trabas burocráticas al impedirnos, en muchos casos, el poder desarrollar nuestra actividad profesional de forma autónoma al no reconocer nuestras competencias profesionales como agentes de la edificación en concurrencia con otros técnicos y de acuerdo con nuestras capacidades y competencias adquiridas en estudios superiores reglados, en el siguiente link sobre “trabas burocráticas”: http://www.seap.minhap.gob.es/es/areas/ ... _aapp.html
A nivel colectivo reclamar a nuestros Colegios que incidan más en la necesidad de europeizar nuestra profesión para equipararla a la de nuestros colegas delineantes europeos y demandarles que incentiven su colaboración con los colegios y asociaciones profesionales análogas europeas (Geómetras, BTS, Agente Técnico de Arquitectura e Engenharia, EGOS, etc....) para que soliciten a la administración española su integración profesional aquí ya que tienen el mismo nivel de integración académica de TS y que eso tiene que suponer el obligatorio aumento de competencias profesionales de los delineantes españoles ya que esa es la profesión que por la regulación profesional y por competencias académicas y profesionales pueden ejercer en España.
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escrito Consejo General de Delineantes al Ministerio #LSP
http://dl.dropbox.com/u/80962806/MINISTERIO%20LSP.pdf
Texto:
CONSEJO GENERAL DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE DELINEANTES Sicilia no 236 bis 2o4a 08013Barcelona
Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes REGISTRO DE SALIDA Fecha 28/01/2013 Núm. 004
Ministerio de Economía y Competitividad Paseo de la Castellana,162 28046 – Madrid
Distinguidos Sres.:
El pasado mes de diciembre, el Ministerio de Economía y Competitividad expuso el anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales. Se trata de una cuestión en la que se lleva trabajando hace ya varios años, y que afecta tanto a la actividad profesional como a los Colegios Profesionales que modificarán su estructura notablemente, caso de que finalmente se apruebe la reforma ahora anunciada desde el Gobierno.
Aunque el camino será largo se tiene previsto que a lo largo del año 2013 se remita el Proyecto de Ley a las Cortes Generales para su aprobación, existiendo luego períodos transitorios de adaptación.
El Proyecto de Ley pretende establecer un marco común a los servicios profesionales, simplificar trámites de colegiación y de inicio de una actividad profesional, así como aclarar criterios en los supuestos de reservas de actividad, reduciendo éstas al mínimo.
La reserva de actividad estará basada en la existencia de un título universitario o formación profesional superior, necesitando en este caso una Ley estatal. Si existieran otras cualificaciones que pudieran dar lugar a dicha reserva también podría existir una Ley estatal o autonómica. La colegiación obligatoria requerirá la existencia de una Ley estatal.
Existirán colegios profesionales con colegiación obligatoria y otros con colegiación voluntaria. Tras la aprobación de la Ley se pretende que existan profesiones no reguladas; otras profesiones serán reguladas por Ley (dependiendo de su ámbito material por el Estado o las Comunidades Autónomas); las profesiones tituladas constituirán competencia exclusiva del Estado y se regularan por Ley. Profesión colegiada será aquella profesión titulada para la que exista obligatoriedad de colegiación, y se regulará por Ley Estatal. Ello sin perjuicio de que puedan existir colegios profesionales sin colegiación obligatoria, aunque es previsible que se reduzcan los actualmente existentes. La reserva de actividad es una competencia del Estado y se limitará a algunas profesiones tituladas, o profesiones reguladas que sean competencia del Estado. A modo de ejemplo se incluyen tanto profesiones sanitarias, jurídicas, profesores, ingenieros, arquitectos, etc.
Se modifica la reserva de actividad y colegiación en muchas profesiones técnicas y jurídicas, aunque parece que se mantiene la colegiación obligatoria para la firma de proyectos y dirección de obra.
Por otro lado, se suprimen incompatibilidades hoy existentes, como es el caso de los abogados y procuradores, por lo que una misma persona podrá ejercer las dos profesiones simultáneamente, aunque se mantiene la colegiación obligatoria para la actuación ante los tribunales.
Las obligaciones de colegiación, como hemos dicho, se limitan a algunas profesiones sanitarias, jurídicas o técnicas, siendo en el resto de supuestos la colegiación voluntaria.
Todo lo anterior conllevará la modificación de los Colegios que se mantengan tras la reforma. Como ejemplo, se propicia que el ámbito colegial sea el autonómico, el voto ponderado de los Colegios en los Consejos Generales, y un régimen sancionador básico común.
En base a todo lo expuesto, entendemos que no será preceptiva la colegiación obligatoria para ejercer legalmente la profesión de delineante proyectista, (titulados de FP superior), no obstante, desconocemos si seguirá siendo considerada como profesión regulada, contemplada en la actualidad en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico española Directiva 2005/36/CE y la Directiva 2006/100/CE, en su Anexo VIII.
Por este motivo solicitamos a este Ministerio de Economía y Competitividad, que nos informen al respecto, teniendo en consideración el informe que envió este Consejo General al anterior, Ministerio de Economía y Hacienda, por el que se motivaba la necesidad de que la profesión de delineante proyectista, su ejercicio tiene que estar sujeto a la titulación académica y profesional que establecen los actuales títulos de técnico superior en proyectos de las diferentes especialidades que conforman la profesión. Al mismo tiempo queremos manifestar lo siguiente:
Los delineantes proyectistas, titulados Técnicos Superiores en proyectos de edificación (TSPE) y Técnicos Superiores en Proyectos de Obra Civil (TSPOC), intervienen en la elaboración y materialización de los proyectos de edificación que redactan y suscriben los arquitectos, ingenieros, arquitectos técnicos e ingenieros técnicos, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de 2
Ordenación de la Edificación (LOE), colaborando en el diseño de la obra a proyectar, definiendo y desarrollando la documentación técnica integrante del correspondiente proyecto técnico, sin embargo no se reconoce su actividad profesional en la LOE, ni se menciona como profesión técnica en el borrador de la Ley de servicios profesionales (LSP).
En dicho ámbito nuestros titulados son técnicos competentes para poder intervenir en los proyectos de edificación, que de acuerdo con el borrador del proyecto de la LSP, los ingenieros y los ingenieros técnicos podrán suscribir, no obstante el borrador no menciona que ramas de la ingeniería serán las que podrán redactar y suscribir los proyectos de la LOE, entendemos por ejemplo que los ingenieros en telecomunicaciones o los ingenieros técnicos en topografía, estarán como es obvio excluidos.
En el caso concreto de los ingenieros técnicos Industriales de la especialidad eléctrica, electrónica, química o textil, de acuerdo con lo que se desprende su formación académica, (generalista y especifica) no tienen competencias en materia de construcción y urbanismo que se puedan considerar aplicables en el ámbito de la edificación, por lo que están mejor cualificados académica y profesionalmente los TSPC y los TSPOC, incluso más que los ingenieros técnicos Industriales de la especialidad mecánica, por muy universitarias que sean sus enseñanzas.
Esta situación con independencia de las objeciones, en contra, que ha realizado el Consejo General de los colegios de arquitectos, es preocupante para la sociedad en general y para nuestro colectivo en particular, que se puede ver menospreciado y subordinado por titulados que no están debidamente cualificados para intervenir como agentes en los procesos edificatorios establecidos en la LOE.
Podemos asegurar con pleno conocimiento de causa que en la práctica profesional los TSPE y los TSPOC, asesoran y realizan funciones de diseño y elaboración de proyectos, interviniendo en la ejecución de las obras proyectadas, que en la mayoría de los casos son encargadas por dichos ingenieros técnicos, donde se evidencia la falta de capacitación, manifestada por los escasos datos e instrucciones técnicas de partida, a veces contradictoria, que son necesarias para poder, al menos, definir y desarrollar los proyectos encargados con la precisión requerida.
Por otro lado, no se puede obviar la participación activa en la redacción de proyectos de edificación y en la dirección de las obras a realizar, por profesionales cualificados distintos de los establecidos en la LOE, que no siendo los técnicos redactores, apoyan técnicamente los procesos de elaboración de proyectos, planificación y ejecución de las obras proyectadas (levantamientos topográficos, representación y dimensionado, configuración de espacios, estructuras e instalaciones, estudios de seguridad y eficiencia energética, valoraciones, planificación en obra, replanteos, etc.) como es el caso de los delineantes proyectistas TSPE y TSPOC.
Se imaginan por un momento, ¿qué pasaría si se prescindiera del apoyo técnico de dichos profesionales para la realización y materialización de proyectos complejos de edificación en los que sin duda se precisa de un equipo técnico multidisciplinar (arquitectos, ingenieros, arquitectos técnicos, ingenieros técnicos, geólogos, delineantes proyectistas, decoradores, interioristas, operadores de cad, etc.) ? ¿Cree este Ministerio que los ingenieros técnicos descritos, podrían realizar con plena eficacia y autonomía las competencias profesionales propuestas en el borrador del proyecto de la LSP?.
La nueva Ley de Servicios Profesionales y su repercusión en otras normativas legales, como la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, tiene que establecer un nuevo marco que aclare, simplifique y sistematice la regulación de los servicios profesionales garantizando a los Técnicos Superiores Proyectistas Delineantes el poder tener acceso a la realización de todos aquellos servicios y proyectos que por su formación académica superior y sus altas cualificaciones profesionales están capacitados y son competentes, y que no son otros que si no todos aquellos servicios y proyectos que actualmente no están regulados por el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto sobre visado colegial obligatorio, permitiendo así aumentar de una forma clara, contundente y real los niveles de productividad y competitividad de los sectores en que intervienen los profesionales técnicos.
Es necesaria una nueva ley horizontal que regule el marco general de los servicios profesionales del sector de la edificación, que suprima la actual ambigüedad competencial que afectan a la mayoría de los servicios profesionales que prestamos los Técnicos Superiores Proyectistas Delineantes, para evitar el actual alto grado de conflictividad legal entre profesiones agravado, además, por la libre interpretación competencial de algunas Administraciones Públicas.
Es necesario seguir las recomendaciones del FMI, de la OCDE y sobretodo de la Unión Europea con el objetivo es facilitar y agilizar el reconocimiento de las cualificaciones y mejorar la movilidad de los trabajadores. Es necesario, por no decir obligatorio, que España como país miembro de la Unión Europea facilite el derecho de la libre circulación de sus ciudadanos y de sus profesionales como uno de los pilares fundamentales de la Unión Europea que tiene que proporcionar prosperidad, crecimiento, empleo, movilidad y libertad de elección a los ciudadanos y a las empresas de Europa. La nueva Ley de Servicios Profesionales tiene que servir, también, para que ese derecho básico de la Unión Europea sea por fin una realidad en nuestro país.
Con la situación actual, los Delineantes europeos no pueden ejercer aquí las competencias profesionales que si pueden ejercer en sus países de origen. Maestro Constructor austriaco o húngaro, Técnico de Construcción finlandés, BTS du Bâtiment
francés, Geómetra italiano, Constructor Civil portugués o Diseñador Técnico suizo, entre otras muchas profesiones, son un ejemplo de profesiones que por sus cualificaciones profesionales o por su formación académica son similares, y en algunos casos inferiores, a las cualificaciones profesionales y formación del Técnico Superior Proyectista Delineante español y que por su titulación y su formación sólo pueden ejercer en España la profesión de Técnico Superior Proyectista Delineante.
La unidad de mercado de los servicios profesionales dentro de la Unión Europea tiene que ser un objetivo irrenunciable del gobierno español que sin duda se verá alentado con el inminente establecimiento de la Tarjeta Profesional Europea que facilitará la movilidad, la seguridad, la empleabilidad, la productividad y la competitividad de todas las profesiones técnicas altamente cualificadas dentro de los países miembros de la Unión Europea, como es el caso de nuestra profesión de Técnico Superior Proyectista Delineante, favoreciendo a su vez nuestra real integración profesional al mismo nivel competencial profesional que del resto de Delineantes europeos.
Según recomendaciones de organismos internacionales como el FMI, la OCDE así como de la Comisión y de la Unión Europea hay que tomar medidas de calado para aumentar las cualificaciones profesionales de los ciudadanos españoles. El fracaso escolar, el temprano abandono educativo así como de la formación es un lastre para nuestro débil sistema productivo, es necesario incentivar la actual desprestigiada Formación Profesional. La principal medida ha tomar sería evitar la actual degradación profesional que sufren los profesionales titulados de Formación Profesional. Es necesario seguir los criterios establecidos por la Oficina Europea de Selección de Personal EPSO, es necesario aplicar las clasificaciones profesionales establecidas en la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público así como los Grupos Profesionales establecidos en el reciente Real Decreto-ley 3/2012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral a los actuales y futuros titulados de Formación Profesional.
Una atractiva Formación Profesional con reales competencias profesionales y reales salidas profesionales y una clasificación profesional correcta en los niveles establecidos por la EPSO así como los establecidos en el resto de países de la Unión Europea corregirían al alza rápidamente el actual bajísimo nivel de cualificaciones profesionales de los ciudadanos españoles.
Para aumentar los actuales niveles de productividad y competitividad es urgente ver reflejado en las RPT de las Administraciones Públicas y en los Grupos Profesionales de los Convenios Laborales la correcta clasificación de sus profesionales titulados Técnicos Superiores como medida necesaria para incentivar la formación, y con más razón en aquellas profesiones técnicas tituladas, como es el caso de los Técnicos Superior Proyectistas Delineantes, que estamos integrados en la Subescala Técnica de la Administración Especial por lo cual es necesario estar en posesión de determinados títulos académicos o profesionales y así quedo reflejado en los recientes Real Decreto 690/2010 y Real Decreto 386/2011 que establecen las titulaciones de Técnicos Superiores Proyectistas Delineantes cuya actividad esta regulada no sólo en la Administración Pública sino en todo nuestro entorno profesional.
Por todo lo expuesto, suplicamos a este Ministerio que lo tenga a bien considerar y nos informen al respecto, a la mayor brevedad posible.
Para un mejor conocimiento se adjunta a este escrito copia del mencionado informe.
Atentamente.
Barcelona a 28 de enero de 2013.
CONSEJO GENERAL DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE DELINEANTES Sicilia no 236 bis 2o4a 08013Barcelona
Jesús Arús Fillola Presidente del Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes
Texto:
CONSEJO GENERAL DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE DELINEANTES Sicilia no 236 bis 2o4a 08013Barcelona
Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes REGISTRO DE SALIDA Fecha 28/01/2013 Núm. 004
Ministerio de Economía y Competitividad Paseo de la Castellana,162 28046 – Madrid
Distinguidos Sres.:
El pasado mes de diciembre, el Ministerio de Economía y Competitividad expuso el anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales. Se trata de una cuestión en la que se lleva trabajando hace ya varios años, y que afecta tanto a la actividad profesional como a los Colegios Profesionales que modificarán su estructura notablemente, caso de que finalmente se apruebe la reforma ahora anunciada desde el Gobierno.
Aunque el camino será largo se tiene previsto que a lo largo del año 2013 se remita el Proyecto de Ley a las Cortes Generales para su aprobación, existiendo luego períodos transitorios de adaptación.
El Proyecto de Ley pretende establecer un marco común a los servicios profesionales, simplificar trámites de colegiación y de inicio de una actividad profesional, así como aclarar criterios en los supuestos de reservas de actividad, reduciendo éstas al mínimo.
La reserva de actividad estará basada en la existencia de un título universitario o formación profesional superior, necesitando en este caso una Ley estatal. Si existieran otras cualificaciones que pudieran dar lugar a dicha reserva también podría existir una Ley estatal o autonómica. La colegiación obligatoria requerirá la existencia de una Ley estatal.
Existirán colegios profesionales con colegiación obligatoria y otros con colegiación voluntaria. Tras la aprobación de la Ley se pretende que existan profesiones no reguladas; otras profesiones serán reguladas por Ley (dependiendo de su ámbito material por el Estado o las Comunidades Autónomas); las profesiones tituladas constituirán competencia exclusiva del Estado y se regularan por Ley. Profesión colegiada será aquella profesión titulada para la que exista obligatoriedad de colegiación, y se regulará por Ley Estatal. Ello sin perjuicio de que puedan existir colegios profesionales sin colegiación obligatoria, aunque es previsible que se reduzcan los actualmente existentes. La reserva de actividad es una competencia del Estado y se limitará a algunas profesiones tituladas, o profesiones reguladas que sean competencia del Estado. A modo de ejemplo se incluyen tanto profesiones sanitarias, jurídicas, profesores, ingenieros, arquitectos, etc.
Se modifica la reserva de actividad y colegiación en muchas profesiones técnicas y jurídicas, aunque parece que se mantiene la colegiación obligatoria para la firma de proyectos y dirección de obra.
Por otro lado, se suprimen incompatibilidades hoy existentes, como es el caso de los abogados y procuradores, por lo que una misma persona podrá ejercer las dos profesiones simultáneamente, aunque se mantiene la colegiación obligatoria para la actuación ante los tribunales.
Las obligaciones de colegiación, como hemos dicho, se limitan a algunas profesiones sanitarias, jurídicas o técnicas, siendo en el resto de supuestos la colegiación voluntaria.
Todo lo anterior conllevará la modificación de los Colegios que se mantengan tras la reforma. Como ejemplo, se propicia que el ámbito colegial sea el autonómico, el voto ponderado de los Colegios en los Consejos Generales, y un régimen sancionador básico común.
En base a todo lo expuesto, entendemos que no será preceptiva la colegiación obligatoria para ejercer legalmente la profesión de delineante proyectista, (titulados de FP superior), no obstante, desconocemos si seguirá siendo considerada como profesión regulada, contemplada en la actualidad en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico española Directiva 2005/36/CE y la Directiva 2006/100/CE, en su Anexo VIII.
Por este motivo solicitamos a este Ministerio de Economía y Competitividad, que nos informen al respecto, teniendo en consideración el informe que envió este Consejo General al anterior, Ministerio de Economía y Hacienda, por el que se motivaba la necesidad de que la profesión de delineante proyectista, su ejercicio tiene que estar sujeto a la titulación académica y profesional que establecen los actuales títulos de técnico superior en proyectos de las diferentes especialidades que conforman la profesión. Al mismo tiempo queremos manifestar lo siguiente:
Los delineantes proyectistas, titulados Técnicos Superiores en proyectos de edificación (TSPE) y Técnicos Superiores en Proyectos de Obra Civil (TSPOC), intervienen en la elaboración y materialización de los proyectos de edificación que redactan y suscriben los arquitectos, ingenieros, arquitectos técnicos e ingenieros técnicos, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de 2
Ordenación de la Edificación (LOE), colaborando en el diseño de la obra a proyectar, definiendo y desarrollando la documentación técnica integrante del correspondiente proyecto técnico, sin embargo no se reconoce su actividad profesional en la LOE, ni se menciona como profesión técnica en el borrador de la Ley de servicios profesionales (LSP).
En dicho ámbito nuestros titulados son técnicos competentes para poder intervenir en los proyectos de edificación, que de acuerdo con el borrador del proyecto de la LSP, los ingenieros y los ingenieros técnicos podrán suscribir, no obstante el borrador no menciona que ramas de la ingeniería serán las que podrán redactar y suscribir los proyectos de la LOE, entendemos por ejemplo que los ingenieros en telecomunicaciones o los ingenieros técnicos en topografía, estarán como es obvio excluidos.
En el caso concreto de los ingenieros técnicos Industriales de la especialidad eléctrica, electrónica, química o textil, de acuerdo con lo que se desprende su formación académica, (generalista y especifica) no tienen competencias en materia de construcción y urbanismo que se puedan considerar aplicables en el ámbito de la edificación, por lo que están mejor cualificados académica y profesionalmente los TSPC y los TSPOC, incluso más que los ingenieros técnicos Industriales de la especialidad mecánica, por muy universitarias que sean sus enseñanzas.
Esta situación con independencia de las objeciones, en contra, que ha realizado el Consejo General de los colegios de arquitectos, es preocupante para la sociedad en general y para nuestro colectivo en particular, que se puede ver menospreciado y subordinado por titulados que no están debidamente cualificados para intervenir como agentes en los procesos edificatorios establecidos en la LOE.
Podemos asegurar con pleno conocimiento de causa que en la práctica profesional los TSPE y los TSPOC, asesoran y realizan funciones de diseño y elaboración de proyectos, interviniendo en la ejecución de las obras proyectadas, que en la mayoría de los casos son encargadas por dichos ingenieros técnicos, donde se evidencia la falta de capacitación, manifestada por los escasos datos e instrucciones técnicas de partida, a veces contradictoria, que son necesarias para poder, al menos, definir y desarrollar los proyectos encargados con la precisión requerida.
Por otro lado, no se puede obviar la participación activa en la redacción de proyectos de edificación y en la dirección de las obras a realizar, por profesionales cualificados distintos de los establecidos en la LOE, que no siendo los técnicos redactores, apoyan técnicamente los procesos de elaboración de proyectos, planificación y ejecución de las obras proyectadas (levantamientos topográficos, representación y dimensionado, configuración de espacios, estructuras e instalaciones, estudios de seguridad y eficiencia energética, valoraciones, planificación en obra, replanteos, etc.) como es el caso de los delineantes proyectistas TSPE y TSPOC.
Se imaginan por un momento, ¿qué pasaría si se prescindiera del apoyo técnico de dichos profesionales para la realización y materialización de proyectos complejos de edificación en los que sin duda se precisa de un equipo técnico multidisciplinar (arquitectos, ingenieros, arquitectos técnicos, ingenieros técnicos, geólogos, delineantes proyectistas, decoradores, interioristas, operadores de cad, etc.) ? ¿Cree este Ministerio que los ingenieros técnicos descritos, podrían realizar con plena eficacia y autonomía las competencias profesionales propuestas en el borrador del proyecto de la LSP?.
La nueva Ley de Servicios Profesionales y su repercusión en otras normativas legales, como la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, tiene que establecer un nuevo marco que aclare, simplifique y sistematice la regulación de los servicios profesionales garantizando a los Técnicos Superiores Proyectistas Delineantes el poder tener acceso a la realización de todos aquellos servicios y proyectos que por su formación académica superior y sus altas cualificaciones profesionales están capacitados y son competentes, y que no son otros que si no todos aquellos servicios y proyectos que actualmente no están regulados por el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto sobre visado colegial obligatorio, permitiendo así aumentar de una forma clara, contundente y real los niveles de productividad y competitividad de los sectores en que intervienen los profesionales técnicos.
Es necesaria una nueva ley horizontal que regule el marco general de los servicios profesionales del sector de la edificación, que suprima la actual ambigüedad competencial que afectan a la mayoría de los servicios profesionales que prestamos los Técnicos Superiores Proyectistas Delineantes, para evitar el actual alto grado de conflictividad legal entre profesiones agravado, además, por la libre interpretación competencial de algunas Administraciones Públicas.
Es necesario seguir las recomendaciones del FMI, de la OCDE y sobretodo de la Unión Europea con el objetivo es facilitar y agilizar el reconocimiento de las cualificaciones y mejorar la movilidad de los trabajadores. Es necesario, por no decir obligatorio, que España como país miembro de la Unión Europea facilite el derecho de la libre circulación de sus ciudadanos y de sus profesionales como uno de los pilares fundamentales de la Unión Europea que tiene que proporcionar prosperidad, crecimiento, empleo, movilidad y libertad de elección a los ciudadanos y a las empresas de Europa. La nueva Ley de Servicios Profesionales tiene que servir, también, para que ese derecho básico de la Unión Europea sea por fin una realidad en nuestro país.
Con la situación actual, los Delineantes europeos no pueden ejercer aquí las competencias profesionales que si pueden ejercer en sus países de origen. Maestro Constructor austriaco o húngaro, Técnico de Construcción finlandés, BTS du Bâtiment
francés, Geómetra italiano, Constructor Civil portugués o Diseñador Técnico suizo, entre otras muchas profesiones, son un ejemplo de profesiones que por sus cualificaciones profesionales o por su formación académica son similares, y en algunos casos inferiores, a las cualificaciones profesionales y formación del Técnico Superior Proyectista Delineante español y que por su titulación y su formación sólo pueden ejercer en España la profesión de Técnico Superior Proyectista Delineante.
La unidad de mercado de los servicios profesionales dentro de la Unión Europea tiene que ser un objetivo irrenunciable del gobierno español que sin duda se verá alentado con el inminente establecimiento de la Tarjeta Profesional Europea que facilitará la movilidad, la seguridad, la empleabilidad, la productividad y la competitividad de todas las profesiones técnicas altamente cualificadas dentro de los países miembros de la Unión Europea, como es el caso de nuestra profesión de Técnico Superior Proyectista Delineante, favoreciendo a su vez nuestra real integración profesional al mismo nivel competencial profesional que del resto de Delineantes europeos.
Según recomendaciones de organismos internacionales como el FMI, la OCDE así como de la Comisión y de la Unión Europea hay que tomar medidas de calado para aumentar las cualificaciones profesionales de los ciudadanos españoles. El fracaso escolar, el temprano abandono educativo así como de la formación es un lastre para nuestro débil sistema productivo, es necesario incentivar la actual desprestigiada Formación Profesional. La principal medida ha tomar sería evitar la actual degradación profesional que sufren los profesionales titulados de Formación Profesional. Es necesario seguir los criterios establecidos por la Oficina Europea de Selección de Personal EPSO, es necesario aplicar las clasificaciones profesionales establecidas en la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público así como los Grupos Profesionales establecidos en el reciente Real Decreto-ley 3/2012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral a los actuales y futuros titulados de Formación Profesional.
Una atractiva Formación Profesional con reales competencias profesionales y reales salidas profesionales y una clasificación profesional correcta en los niveles establecidos por la EPSO así como los establecidos en el resto de países de la Unión Europea corregirían al alza rápidamente el actual bajísimo nivel de cualificaciones profesionales de los ciudadanos españoles.
Para aumentar los actuales niveles de productividad y competitividad es urgente ver reflejado en las RPT de las Administraciones Públicas y en los Grupos Profesionales de los Convenios Laborales la correcta clasificación de sus profesionales titulados Técnicos Superiores como medida necesaria para incentivar la formación, y con más razón en aquellas profesiones técnicas tituladas, como es el caso de los Técnicos Superior Proyectistas Delineantes, que estamos integrados en la Subescala Técnica de la Administración Especial por lo cual es necesario estar en posesión de determinados títulos académicos o profesionales y así quedo reflejado en los recientes Real Decreto 690/2010 y Real Decreto 386/2011 que establecen las titulaciones de Técnicos Superiores Proyectistas Delineantes cuya actividad esta regulada no sólo en la Administración Pública sino en todo nuestro entorno profesional.
Por todo lo expuesto, suplicamos a este Ministerio que lo tenga a bien considerar y nos informen al respecto, a la mayor brevedad posible.
Para un mejor conocimiento se adjunta a este escrito copia del mencionado informe.
Atentamente.
Barcelona a 28 de enero de 2013.
CONSEJO GENERAL DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE DELINEANTES Sicilia no 236 bis 2o4a 08013Barcelona
Jesús Arús Fillola Presidente del Consejo General de los Colegios Profesionales de Delineantes
si algo puede salir bien, saldrá bien
Re: Ley Ómnibus
Ahí os dejo este enlace sobre la LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES...un pasito mas....
http://wfosbery.tumblr.com/post/4701094 ... fesionales
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