Faber escribió:Veamos, yo creo que a nadie se le pasa por la cabeza decir que un técnico que no sea delineante no pueda dibujarse sus propios planos. Eso es totalmente absurdo para mí.
De lo que se trata es de que para trabajar como delineante (que no es solo dibujante planos, al menos en España) hay que tener el correspondiente título y estar colegiado.
Me estoy refiriendo a tener un contrato laboral con la categoría de delineante, un encargo de trabajo de delineación o relizar una oposición a una plaza de delineante.
A un arquitecto lo pueden contratar como arquitecto y ponerlo a calcar planos todo el día si la empresa quiere, pero como delineante no, para eso estan los delineantes.
Entonces, según tu criterio, un Arquitecto que tiene una categoría de grupo 1, puede realizar un trabajo de categoría de grupo 6 calcador (ahora desaparecida como tal).. no se, yo creo que no. Cada grupo profesional tiene sus funciones y tareas.
A no ser que lo contraten, como la categoría que va a desempeñar.
CONVENIO COLECTIVO DE OFICINAS Y DESPACHOS
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Artículo 12.- Clasificación Profesional.-
GRUPO PROFESIONAL PRIMERO (NIVEL SALARIAL I)
DEFINICIÓN DE FUNCIONES Y TAREAS.- Los trabajadores pertenecientes a este
grupo tienen la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales
de la empresa, realizan tareas de la más alta complejidad y cualificación.
Toman decisiones, participan en su elaboración y desempeñan sus funciones
con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Este grupo profesional incluye las titulaciones correspondientes al nivel salarial I
reflejado en las tablas salariales.
TITULACIÓN.- Titulación universitaria de grado superior o conocimientos y/o
experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional.
Este grupo comprende las siguientes ESPECIALIDADES PROFESIONALES:
- Director de Oficina
- Licenciado o Titulado de Grado Superior
GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO (NIVEL SALARIAL II)
DEFINICIÓN DE FUNCIONES Y TAREAS.- Los trabajadores que con un alto nivel de
autonomía, iniciativa y responsabilidad, realicen tareas técnicas con objetivos
definidos. Los responsables directos de coordinación y supervisión de funciones,
realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma área funcional.
Este grupo profesional incluye las titulaciones correspondientes al nivel salarial II
reflejado en las tablas salariales.
TITULACIÓN.- Titulación universitaria de grado medio o conocimientos y/o con
experiencia consolidada en el ejercicio de su sector profesional.
Este grupo comprende las siguientes ESPECIALIDADES PROFESIONALES:
- Diplomado Universitario o Titulado de Grado Medio.
- Titulado Superior de entrada. ( Supeditado a contratación indefinida, máximo
en la categoría 2 años)
- Intérpretes Jurados.
- Traductor de idiomas con titulación oficial.