
NO SERA POR LEYES.
1. Articulo 26, 36 y 52 de la Constitución Española
2. Ley Colegios Profesionales Nacionales 2/1974
3. Real Decreto 3306/1978, 15 de diciembre, por el que se aprueban los estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes.
4. Jurisprudencia Constitucional. Sentencia 89/1989 con fecha de aprobación 11/5/1989 sobre la constitucionalidad de la colegiación obligatoria para el ejercicio de una profesión.
5. Ministerio de Obras Públicas (BOE n. 129 de 31/5/1977) Real Decreto 1167/1977, de 1 de abril, por el que se aprueba el reglamento del cuerpo especial de delineantes de obras publicas. Rango: real decreto páginas: 11980 - 11982
6. Ministerio de Trabajo (BOE n. 167 de 14/7/1977) Orden de 27 de junio de 1977 por la que se aprueba la ordenanza laboral de trabajo para Fabricación Nacional de Moneda y Timbre. Rango: orden páginas: 15837 – 15865
7. Ministerio de Hacienda (BOE n. 184 de 2/8/1979) Real Decreto 1882/1979, de 29 de junio, por el que se aprueba el reglamento del cuerpo de delineantes del ministerio de hacienda. Rango: real decreto páginas: 18141 - 18144
8. Ministerio de Trabajo (BOE n. 280 de 22/11/1979) Orden de 6 de noviembre de 1979 por la que se aprueba la ordenanza laboral para el patrimonio nacional-real casa. Rango: orden páginas: 26990 - 27001
9. Presidencia del Gobierno (BOE n. 251 de 18/10/1980) Real Decreto 2205/1980, de 13 de junio, por el que se regula el trabajo del personal civil no funcionario en los establecimientos militares. Rango: real decreto páginas: 23221 - 23236
10. Jefatura del Estado (BOE n. 185 de 3/8/1984) Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública. Rango: ley páginas: 22629 - 22650
11. Presidencia del Gobierno (BOE n. 59 de 9/3/1979) Real Decreto 415/1979, de 20 de febrero, por el que se determinan las funciones y requisitos de ingreso en las escalas de administración, especialistas técnicos y de investigación y delineantes de la Junta de Energía Nuclear, y se establecen las correspondientes normas de integración en los mismos. Rango: real decreto páginas: 6058 - 6059
12. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (BOE 118 de 18/5/1998) Resolución de 22 de abril de 1998, de la Dirección General del Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del convenio colectivo del personal laboral del consejo de seguridad nuclear. Rango: resolución páginas: 16423 – 16436.
13. JEFATURA DEL ESTADO (BOE n. 65 de 16/3/2007) LEY 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales. Rango: LEY Páginas: 11246 – 11251. Disposición adicional tercera. Profesionales exceptuados de alguno de los requisitos legales. Esta Ley será de aplicación a todos los profesionales colegiados en el momento de su entrada en vigor que ejerzan profesiones en que la colegiación sea obligatoria y exija el requisito de titulación del artículo 1.1, aunque dichos profesionales no reúnan la titulación descrita por no haberles sido requerida en el momento de su colegiación.
14. COMUNIDAD AUTONOMA: a) Ley de transferencia de competencias sobre el Colegio Oficial de Delineantes. b) Estatutos de los Colegios Profesionales.
La profesión de delineante es una profesión regulada por los títulos que dan derecho a ejercerla y por diferentes Reales Decretos , Leyes, Ordenanzas y Convenios Colectivos sirva de ejemplo lo reconocido en el Anexo IV Relación de profesiones reguladas en España, Anexo V del R.D. 1396/1995, de 4 de agosto y Anexo VI del R.D. 1396/1995, de 4 de agosto a los efectos de aplicación del Real Decreto 1754/1998, de 31 de julio, por el que se incorporan al derecho español las directivas 95/43/CE y 97/38/CE y se modifican los anexos de los Reales Decretos 1665/1991, de 25 de octubre y 1396/1995, de 4 de agosto, relativos al sistema general de reconocimiento de títulos y formaciones profesionales de los estados miembros de la Unión Europea y demás estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.