repito, las reformas requieren proyecto de ejecución. De hecho no todos los ayuntamientos consideran obra menor lo mismo.Aidel escribió:Probablemente no me haya explicado bien.
Si no he entendido mal, para las reformas no estructurales no va a ser necesario el visado obligatorio. Para que sea considerado proyecto de edificación siempre he pensado que hace falta modificación de la estructura, o de la volumetría del edificio o de la configuración general de la instalación de la edificación.
Entonces, reformas de interiores, por ejemplo, entiendo que no se visan. Y en caso de ser así, me parece que lo de la seguridad no lo veo...
Ley Ómnibus
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Re: Ley Ómnibus
si algo puede salir bien, saldrá bien
Re: Ley Ómnibus
A ver, me reexplico otra vez... En unos ayuntamientos tirar o ejecutar un tabique de ladrillos es reforma menor y en otros mayor, tan simple, o complicado, como eso. Lo que yo quiero saber no es qué se visaba o no se visaba antes, lo cual tengo clarísimo.Faber escribió:repito, las reformas requieren proyecto de ejecución. De hecho no todos los ayuntamientos consideran obra menor lo mismo.
Mi duda es: quiero saber qué va a pasar ahora, digan lo que digan desde un ayuntamiento, qué es lo que se va a visar por obligación teniendo en cuenta las restricciones del visado colegial. Y repito, por ninguna parte veo ahora el visado de las reformas no estructurales en los casos mencionados, porque simple y llanamente no son edificación: Se someten a visado obligatorio los proyectos de ejecución de edificación y sus certificados finales de obra, incluso cuando se presenten para legalización de edificaciones ya realizadas. También habrá visado para los proyectos de demolición.
Aunque supongo que habrá que esperar a que eche el "nuevo visado" para aclarar mi duda.
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Re: Ley Ómnibus
las reformas no estructurales como dices no requerían visado ni antes ni ahora, nada ha cambiado, de hecho en Valencia no requieren ni planos ni firma de técnico.
si algo puede salir bien, saldrá bien
Re: Ley Ómnibus
No debes generalizar tanto. En mi provincia sí requerían visado y supongo que más de lo mismo en el resto de Euskadi, aunque seguro que de ello pueden hablar mejor otros foreros residentes en Álava y Gipuzkoa.Faber escribió:las reformas no estructurales como dices no requerían visado ni antes ni ahora, nada ha cambiado
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Re: Ley Ómnibus
Por si le interesa a alguien, el ayuntamiento de Bilbao es un claro ejemplo: http://www.bilbao.net/nuevobilbao/jsp/b ... 0753740954Aidel escribió:No debes generalizar tanto. En mi provincia sí requerían visado y supongo que más de lo mismo en el resto de Euskadi, aunque seguro que de ello pueden hablar mejor otros foreros residentes en Álava y Gipuzkoa.Faber escribió:las reformas no estructurales como dices no requerían visado ni antes ni ahora, nada ha cambiado
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Re: Ley Ómnibus
Para ampliar más datos a la discusión os recuerdo el borrador del RD:
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. Se derogan cuantas disposiciones incluidas en normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto y, en particular, las que establezcan, de cualquier forma, la exigencia de un visado colegial obligatorio sobre documentos distintos de los referidos en el artículo 2.1 de este real decreto.
2. Asimismo, se derogan las disposiciones relativas al visado incluidas en los estatutos de corporaciones colegiales y demás normas internas colegiales, en aquello en que se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
Aidel, sobre lo que comentas de demandar atribuciones, estaría bien, por pedir que no quede, pero no creo que el gobierno esté por la labor, creo además que se tendrá que modificar la LOE y otras leyes para desarrollar la Ley Ómnibus y que algunas profesiones que ahora tienen ciertas atribuciones las acabaran perdiendo.
Y viendo el ministerio que elaboró la LOE, que fue nuestro querido ministerio regulador, el de vivienda, y lo bien que nos trata y lo mucho que se preocupa por nosotros, su profesión regulada, no tengo ninguna esperanza en el sentido que se acuerden de nosotros y menos si es para mejorar nuestra sufrida profesión.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. Se derogan cuantas disposiciones incluidas en normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto y, en particular, las que establezcan, de cualquier forma, la exigencia de un visado colegial obligatorio sobre documentos distintos de los referidos en el artículo 2.1 de este real decreto.
2. Asimismo, se derogan las disposiciones relativas al visado incluidas en los estatutos de corporaciones colegiales y demás normas internas colegiales, en aquello en que se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
Aidel, sobre lo que comentas de demandar atribuciones, estaría bien, por pedir que no quede, pero no creo que el gobierno esté por la labor, creo además que se tendrá que modificar la LOE y otras leyes para desarrollar la Ley Ómnibus y que algunas profesiones que ahora tienen ciertas atribuciones las acabaran perdiendo.
Y viendo el ministerio que elaboró la LOE, que fue nuestro querido ministerio regulador, el de vivienda, y lo bien que nos trata y lo mucho que se preocupa por nosotros, su profesión regulada, no tengo ninguna esperanza en el sentido que se acuerden de nosotros y menos si es para mejorar nuestra sufrida profesión.
“¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
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Re: Ley Ómnibus
Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.
http://www.boe.es/boe/dias/2010/08/06/p ... -12618.pdf
http://www.boe.es/boe/dias/2010/08/06/p ... -12618.pdf
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Re: Ley Ómnibus
mamensdb ¿sabes para cuándo se espera la ley sobre profesiones con colegiación obligatoria?
"El diseño es el arte de hacer visible y sencillo todo aquello invisible y complejo", Aidel Díaz.
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Re: Ley Ómnibus
Si hacemos caso a la Ley Ómnibus:
Disposición transitoria cuarta. Vigencia de las obligaciones de colegiación.
En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.
Dicho Proyecto deberá prever la continuidad de la obligación de colegiación en aquellos casos y supuestos de ejercicio en que se fundamente como instrumento eficiente de control del ejercicio profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios y en aquellas actividades en que puedan verse afectadas, de manera grave y directa, materias de especial interés público, como pueden ser la protección de la salud y de la integridad física o de la seguridad personal o jurídica de las personas físicas.
Hasta la entrada en vigor de la mencionada Ley se mantendrán las obligaciones de colegiación vigentes.
A finales de este año tendría que estar lista o al menos en forma de borrador como ha pasado con el RD del visado colegial que tenía que estar en 4 meses y ha tardado 8 meses.
Y la nueva Ley de Servicios Profesionales que en un principio tendría que estas lista para el segundo trimestre de este año parece que se ha retrasado para Septiembre.
http://www.diariocordoba.com/noticias/n ... kid=572683
Disposición transitoria cuarta. Vigencia de las obligaciones de colegiación.
En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.
Dicho Proyecto deberá prever la continuidad de la obligación de colegiación en aquellos casos y supuestos de ejercicio en que se fundamente como instrumento eficiente de control del ejercicio profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios y en aquellas actividades en que puedan verse afectadas, de manera grave y directa, materias de especial interés público, como pueden ser la protección de la salud y de la integridad física o de la seguridad personal o jurídica de las personas físicas.
Hasta la entrada en vigor de la mencionada Ley se mantendrán las obligaciones de colegiación vigentes.
A finales de este año tendría que estar lista o al menos en forma de borrador como ha pasado con el RD del visado colegial que tenía que estar en 4 meses y ha tardado 8 meses.
Y la nueva Ley de Servicios Profesionales que en un principio tendría que estas lista para el segundo trimestre de este año parece que se ha retrasado para Septiembre.
http://www.diariocordoba.com/noticias/n ... kid=572683
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Re: Ley Ómnibus
Viendo la inoperancia de nuestro Ministerio Regulador, el Ministerio de Vivienda, he seguido indagando y preguntando, sobre todo a raíz del Informe del Consejo Consultivo del Principado de Asturias que decía que no teníamos una Profesión ni Titulada ni Regulada.pluma escribió:Bueno pues yo acabo de mandar un mail al ministerio de vivienda, y ahora iba a mandar otro al consejo general del delineantes. Le mandaria otro a mi colegio, pero de lo que me va a servir, así que prefiero empezar por los grandes.
Esta vez me he dirigido al Ministerio de educación (http://www.educacion.es/consultas-informacion/)
Me ha costado que me den una respuesta mínimamente razonable, a la tercera parece que han entendido lo que preguntaba.
Primera Consulta:
Después de ver esta noticia sobre la profesión regulada de arquitecto:
http://www.la-moncloa.es/ConsejodeMinis ... Arquitecto
Tengo la duda de que si estos nuevos graduados en arquitectura (300 ECTS) sin master podrían ejercer profesionalmente como delineantes.
Por otro lado según el Real Decreto 1837/2008 en aplicación de las Directivas Europeas de Profesiones Reguladas menciona en sus Anexos VIII y X la profesión de delineante como regulada y también el nuevo Real Decreto 690/2010 (120 ECTS) menciona como que su actividad regulada.
La pregunta es:
¿Que significa tanto académicamente como laboralmente tener una profesión regulada como parece ser que es la profesión de delineante?
Muchas gracias por su atención.
Respuesta a la Primera Consulta:
Le comunicamos que toda la información referida a su consulta, puede encontrarla en la dirección siguiente, así como los modelos de solicitud de cada uno de los procedimientos administrativos a iniciar, según la correspondiente petición:
http://www.educacion.es/educacion/siste ... iones.html
En caso de necesitar más información sobre este asunto, puede efectuar una nueva consulta, a través de la página: http://www.educacion.es
Esperamos que la información facilitada le haya resultado útil.
Gracias por utilizar este servicio.
Oficina de Información y Atención al Ciudadano. Ministerio de Educación.
Segunda Consulta:
Ante todo gracias por atender tan rápidamente mi anterior consulta.
Pero la respuesta no es exactamente lo que preguntaba. A ver si ahora puedo plantearla de una forma más clara:
Según las Directivas Europeas, creo que, la profesión de delineante esta regulada.
¿Puede un Graduado en Arquitectura, otros titulados o profesionales, ejercer la profesión de delineante sin un título oficial, homologado o equivalente de Técnico Superior en la rama correspondiente?
Respuesta a la Segunda Consulta:
Le comunicamos que toda la información referida a su consulta, puede encontrarla en la dirección siguiente, así como los modelos de solicitud de cada uno de los procedimientos administrativos a iniciar, según la correspondiente petición:
http://www.educacion.es/educacion/siste ... iones.html
En caso de necesitar más información sobre este asunto, puede efectuar una nueva consulta, a través de la página: http://www.educacion.es
Esperamos que la información facilitada le haya resultado útil.
Gracias por utilizar este servicio.
Oficina de Información y Atención al Ciudadano. Ministerio de Educación.
Tercera Consulta:
He intentado varias veces ya que me aclaren el concepto de “Profesión Regulada” y siempre he recibiendo información errónea a la consulta planteada. A mi no me interesa saber la pagina web del ministerio sobre la Convalidación y homologación de títulos extranjeros, de eso no trata mi pregunta: http://www.educacion.es/educacion/siste ... iones.html
En dicha pagina no he encontrado el concepto de que es una Profesión Regulada según el Real Decreto 1837/2008. En concreto y por última vez, Delineante es una Profesión Regulada si o no. Si lo es, en que consiste y que titulación es la necesaria en igualdad de condiciones como se ha hecho con el futuro Acuerdo sobre la Profesión Regulada de Arquitecto: http://www.la-moncloa.es/ConsejodeMinis ... Arquitecto
Simplemente eso, Delineante se puede ejercer libremente o al ser una Profesión Regulada se necesita una titulación o titulaciones concretas como ocurre con la Profesión Regulada de Arquitecto. Espero que esta vez me aclaren mi duda y no me remitan a una pagina web que no tiene nada que ver con mi consulta. Prefiero que me digan que no tienen conocimientos o información a lo que se refiere mi consulta antes que me vuelvan a re enviar a una pagina web donde no está o no sé encontrar la información deseada. Si no me pueden informar, agradecería que me informaran donde me puedo dirigir para recibir información sobre los títulos oficiales que conducen a la profesión de Delineante
Muchas gracias.
Espero que preguntas como las que yo he planteado al Ministerio, de índole personal, la realice el Consejo General y quede claramente plasmada en alguna normativa legal y publicada en el BOE para que con esa norma legal se pueda luchar contra el alarmante intrusismo profesional que estamos sufriendo.Respuesta a la Tercera Consulta:
Se trata de profesión para la que es necesario una determinada titulación para su ejercicio.-
En caso de necesitar más información sobre este asunto, puede efectuar una nueva consulta, a través de la página: http://www.educacion.es
Esperamos que la información facilitada le haya resultado útil.
Gracias por utilizar este servicio.
Oficina de Información y Atención al Ciudadano. Ministerio de Educación.
Y que se enteren de una vez todas las administraciones y entidades colaboradoras como son los colegios (arquitectos / técnicos, ingenieros / técnicos, etc...). Esta normativa legal actualmente se esta realizando para otras Profesiones Reguladas debido a los cambios provocados por del Proceso de Bolonia con los nuevos Grados, se tiene que exigir que nos traten igual que al resto de profesiones.
“¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Re: Ley Ómnibus
ey!!! Yo sigo esperando la respuesta.
Pero bueno, creo que el contestador automático ese que tienen es similar a las maquinitas de los teléfonos.
Bueno al menos una cosa nos queda clara tamos regulados. Aunque luego se lo pasen por el pito del sereno...
Pero bueno, creo que el contestador automático ese que tienen es similar a las maquinitas de los teléfonos.
Bueno al menos una cosa nos queda clara tamos regulados. Aunque luego se lo pasen por el pito del sereno...
Que importantes somos, que poco valorados estamos.
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Re: Ley Ómnibus
Buen trabajo mamensbd
te agradezco todo lo que haces
te agradezco todo lo que haces
si algo puede salir bien, saldrá bien
Re: Ley Ómnibus
Aprovecho este hilo para presentarme y "quitarme el sombrero" ante la gente que con un par, está removiendo la conciencia de quien durante muchos años no ha demostrado ni un apice de la misma. Solo espero que esta nueva ley ponga al menos un poco, a cada uno en el sitio que le corresponde.
Llevo ya 29 años de profesión y los mismos de decepción ante la imposibilidad de realizar algún trabajo que no fuera rechazado por falta de titulación, gracias a ese mal tan extendido en nuestro pais (la titulitis).
Quizas esta sea la última oportunidad para ejercer la profesión con un mínimo de dignidad así que animo a todos a continuar por el camino del reconocimiento de nuestra labor.
Saludos
Llevo ya 29 años de profesión y los mismos de decepción ante la imposibilidad de realizar algún trabajo que no fuera rechazado por falta de titulación, gracias a ese mal tan extendido en nuestro pais (la titulitis).
Quizas esta sea la última oportunidad para ejercer la profesión con un mínimo de dignidad así que animo a todos a continuar por el camino del reconocimiento de nuestra labor.
Saludos
Re: Ley Ómnibus
Hola de nuevo a tod@s,
Veo que esto esta ya casi finalizando,, y por cierto el sr. mamensbd ha hecho un trabajo excepcional y sigue haciendolo,, no se si este es el sitio mas correcto para exponer un trabajo que me mandaron hacer particularmente,, pero proviene de de Dirección General de Costas,, donde un tal sujeto recibio un escrito en el cual debia de presentar unos planos y memoria a la dirección de las obras que iba a realizar en zona costera dentro de los limites de Costas,, en este trabajo no exponia quien iba a hacerlo y desde alli ya le dijeron que lo podia hacer un delineante, se trataba de un embaldosado y un revestimiento de fachada (piedra natural) en ellos se presento unos planos que realice en planta con la normativa de costas mas sus alzados y secciones que pedia la hoja de encargo desde costas y por no decir la memoria que lo acompaña,, todo sin ningun problema.
Lo que quiero decir es que hay trabajos que están muy escondidos que ni siquiera sabemos que existen, sobre los proyectos basicos, verdaderamente seria muy interesante para nosotros, ademas que para el consumidor seria un gasto menor que el que pagan actualmente para visarlo y realizado por un arquitecto, pero la duda es si el arquitecto estaria dispuesto a recibir un trabajo realizado por un delineante para realizar el proyecto de ejecución sin variar el basico??? No se como le caera al Arquitecto tal faena,, quizas lo mejor seria no firmar el plano, no se si me entendeis.
Un saludo.
Veo que esto esta ya casi finalizando,, y por cierto el sr. mamensbd ha hecho un trabajo excepcional y sigue haciendolo,, no se si este es el sitio mas correcto para exponer un trabajo que me mandaron hacer particularmente,, pero proviene de de Dirección General de Costas,, donde un tal sujeto recibio un escrito en el cual debia de presentar unos planos y memoria a la dirección de las obras que iba a realizar en zona costera dentro de los limites de Costas,, en este trabajo no exponia quien iba a hacerlo y desde alli ya le dijeron que lo podia hacer un delineante, se trataba de un embaldosado y un revestimiento de fachada (piedra natural) en ellos se presento unos planos que realice en planta con la normativa de costas mas sus alzados y secciones que pedia la hoja de encargo desde costas y por no decir la memoria que lo acompaña,, todo sin ningun problema.
Lo que quiero decir es que hay trabajos que están muy escondidos que ni siquiera sabemos que existen, sobre los proyectos basicos, verdaderamente seria muy interesante para nosotros, ademas que para el consumidor seria un gasto menor que el que pagan actualmente para visarlo y realizado por un arquitecto, pero la duda es si el arquitecto estaria dispuesto a recibir un trabajo realizado por un delineante para realizar el proyecto de ejecución sin variar el basico??? No se como le caera al Arquitecto tal faena,, quizas lo mejor seria no firmar el plano, no se si me entendeis.
Un saludo.
Y delineamos poesia con el silencio de nuestra profesión.
Re: Ley Ómnibus
Hola Man, pues yo te contesto a como le sienta a los arquitectos lo que expones de los Proyectos Básicos realizados por Delineantes, mal, muy mal es más le dicen al cliente que eso no sirve para nada, que es un trabajo realizado a medias y que no estamos capacitados para hacer eso.
situación vivida en el lugar donde trabajo, y mientras me envenene mordiéndome la lengua.
Gracias por contar lo de costas, una pregunta, usaste nuestro visado?
situación vivida en el lugar donde trabajo, y mientras me envenene mordiéndome la lengua.
Gracias por contar lo de costas, una pregunta, usaste nuestro visado?
Que importantes somos, que poco valorados estamos.
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