Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana NO

Consultas sobre oposiciones

Moderador: Moderadores

Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

Pues el siguiente paso parece claro, no?

Tanto en este caso como en el de la administración Valencia solo queda recurso o alegación y si se tercia al juzgado correspondiente tanto por parte de los colegios implicados como por el Consejo General.

Con temas tan lamentables como este es donde los colegios tienen que demostrar que defienden la profesión, con información puntual de los pasos que dan. Si no hacen nada o nadie se entera de lo que están haciendo que no nos reclamen que no les prestamos interés o que hay un bajo número de colegiados.

Tienen que actuar en todos los casos en que esté involucrada la administración, primero porque daría una repercusión pública a nuestros problemas y segundo porque si la propia administración pública no nos reconoce como “profesión” o con una “actividad” regulada y titulada podríamos darnos por extinguidos y los colegios perderían su principal sentido de existir.

No se puede olvidar que lo que pasa en la administración pública nos acaba afectando a todos, es la referencia base que se toma en todos los sectores productivos.
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)

Plannerly ™ La plataforma de gestión BIM ™ SmartLeanBIM® © 2021
Plantillas para crear el Plan de Ejecución BIM (BEP). Cumplimiento de la norma ISO-19650
Plan gratuito en el que puedes acceder a todas las plantillas y si al comprarlo introduces el código DELINEACION obtendrás un 10% de descuento
Deliñas
Técnico
Mensajes: 144
Registrado: Mar Mar 01, 2011 12:28 am
Ubicación: Vigo
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por Deliñas »

Estoy contigo, aparte de que los colegios se tienen que implicar y el consejo general que para eso cobran,tambien hay que denunciar a las administracciones que cumplan la ley, porque ellos cumplen la ley según les convienen y además tambien el tecnico ( Arquitecto o aparejador) que nos hechan los trabajos por tierra, a esos hay que denunciarlos y que cumplan la ley. :evil:
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

Lo peor de todo esto es que al final parece que dependerá de en que municipio, diputación, comunidad, ministerio..... dependiendo en que administración puedas trabajar tu titulación será reconocida para ejercer tu profesión en el nuevo Grupo B o seguirás en el Grupo C1 con los FP1, CFGM o Bachillerato. (La Constitución Española (art. 103.3) establece los principios de igualdad, mérito y capacidad como necesarios para el acceso a la función pública).

Jueves 17 de marzo de 2011.
Creación del Grupo B al amparo del Estatuto Básico del Empleado Público en la Diputación de Granada.
Ayer se firmo el acuerdo para la creación del nuevo Grupo “B” Establecido por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en su articulo 76, en la Diputación de Granada entre las Secciones Sindicales y el Diputado de RR. HH. Que ira al próximo pleno.

Categoría Actual: Delineante. Plazas a promocionar en 2012: 13


http://usodiputacion.blogspot.com/2011/ ... ra-la.html
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

Excma. Diputación Provincial de Granada.
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO DE 29 DE MARZO DE 2011.

Primero.- Aprobar el Plan de Promoción Interna para el año 2012 y la creación del nuevo Grupo B de la Ley 7/2007, estableciendo la siguiente distribución de categorías susceptibles de promocionar al Grupo B del artículo 76 del EBEP. Las plazas correspondientes a estas categorías serán automáticamente amortizadas al tomarse posesión en aquellas a las que se promociona.

Categoría Actual: Delineante - Plazas a promocionar en 2012: 13.
http://www.dipgra.es/documentos/plenos/ ... 409464.pdf
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

Con la que esta cayendo...... menos mal que “todavía” no se han olvidado de nosotros:

12/5/11 Reunión de la Mesa Delegada de la MGNAGE del Ministerio de Economía y Hacienda y sus OO.AA.

9.- Situación del Cuerpo de Delineantes de Hacienda. Volvemos a insistir a la Administración, como en la última reunión de Mesa Delegada, que el Cuerpo de Delineantes del Estado del MEH debería estar encuadrado en el nuevo Grupo B, ya que para su ingreso se le exigió como requisito la Titulación de Formación Profesional de Segundo Grado (Técnico Especialista) que en la actualidad se denomina Técnico Superior. La Administración nos contesta que cuando se abra el proceso de negociación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), se hablará del encuadramiento de este Cuerpo.
http://ccoodelachgenbadajoz.blogspot.co ... de-la.html
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

Mucha suerte para el próximo delineante que por fin la administración le reconoce su formación especifica y superior a Bachillerato:

Administración Local.
Oferta de emprego público correspondente ó exercicio 2011, aprobada pola Xunta de Goberno Local de data 3 de marzo de 2011.

Grupo B.- Clasificación: Escala: Administración especial: Subescala: Técnica. Clase: Auxiliar. Categoría: Delineante. Número vacantes: 1

http://www.concellodenaron.com/web/cat/ ... et/idO/66/
http://bop.dicoruna.es/bopportal/public ... f#page=182
http://bop.dicoruna.es/bopportal/public ... 03491.html
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

SITUACIÓN DEL CUERPO DE DELINEANTES DE HACIENDA.
La Administración conoce la situación y no le encuentra solución en tanto el EBEP no matice el encuadre del grupo B del estatuto.

USO hace constar que está de acuerdo con las reivindicaciones del colectivo de Delineantes de Hacienda y que USO ha presentando en esta mesa insistentemente por nuestro Delegado Guillermo San Miguel del Catastro de Soria.

El MEH no debe olvidar que:
*Las Comunidades Autónomas respetan el colectivo de Delineantes y los encuadran en el grupo B,
*Las Entidades Locales respetan el colectivos de Delineantes y los encuadran en el grupo B.

Por ello el MEH debe encuadrar a los delineantes en el grupo B, porque como siga ajustando gastos a costa de cargarse nuestros cuerpos técnicos, se va a quedar con un organismo lleno de C1.
Parece que el MEH piensa que el grupo C1 son funcionarios para todo..., sí ya sabemos que muchos C1 hacen el trabajo de sus jefes pero es que a este paso terminaran por dirigir el organismo y sobrarán hasta los Directores Generales... Quizá habría que pensar en amortizar a muchos Directores y Secretarios
Generales y menos en cargarse el CUERPO TÉCNICO DE DELINEANTES.
http://www.fep-uso.es/attachments/1984_ ... 2011-1.pdf
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
Faber
Administrador
Administrador
Mensajes: 3058
Registrado: Mié Nov 09, 2005 12:10 am
Ubicación: Irlanda
Contactar:

Re:

Mensaje por Faber »

Zeros escribió:LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 76. Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.

Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos:

Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2.

Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.

La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.

Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.[/b]

Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso.

C1: título de bachiller o técnico.

C2: título de graduado en educación secundaria obligatoria.
El cuadro de la Izquierda son los Grupos de Clasificación según el Estatuto Básico del Empleado Público, que es la ley que está actualmente en vigor. El cuadro de la derecha son los grupos de clasificación de la anterior ley.
Imagen
a veces hay confusión porque piden titulación de "bachiller superior o técnico" y claro, parece que se esté refiriendo a "bachiller superior" o "bachiller técnico" que no sé lo que es pero existe, cuando en realidad se refiere a técnico de FP, CFGM
si algo puede salir bien, saldrá bien
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

Le he vuelto ha echar un vistazo a la LEY 10/2010, de 9 de julio de la Generalitat de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Los delineantes en la administración de la Comunitat Valenciana estamos extinguidos por Ley.
http://www.docv.gva.es/datos/2010/07/14 ... 0_8010.pdf

Ahora aparecemos como:
Administración especial.
Cuerpo: Especialistas en delineación de la administración de la Generalitat. C1-05.
Requisitos: Bachiller o ciclo formativo de grado medio de Formación Profesional.
Grupo/Subgrupo profesional: C1
Funciones: Actividades de colaboración, preparación, gestión de la información, inspección de actividades, actualización y tramitación de documentación, elaboración y administración de datos, inventariado y mantenimiento de equipos y aplicaciones y, en general, las propias de la profesión relacionadas con las actividades de la delineación.

Ya sabéis, a partir de ahora en la Comunitat Valenciana “cualquiera podrá ejercer las actividades propias de la PROFESIÓN relacionadas con las actividades de la delineación” con cualquier título de un ciclo formativo de grado Medio de Formación Profesional o Bachillerato.

Lo curioso es que esta en la “Escala” de “Administración Especial” que según la Ley: “Son cuerpos del sector de administración especial los que tienen atribuidas funciones que tengan relación con el ejercicio de una profesión determinada”.

Pues entonces...... a que esperan los colegios valencianos en recurrir esta Ley (reconozco que no sé si lo han hecho :?: ), yo creo que hay motivos más que suficientes, los que ejercen las funciones propias de la “profesión” de la actividad de la delineación no necesitan título especifico y después en la propia Ley dice que para ejercer en la Escala de “Administración Especial” solo pueden ejercer quien tiene atribuidas funciones relacionadas con una profesión (título) determinado.

Y para mi no hay excusas, los colegios por RD tienen la capacidad legal de regular la profesión y las actividades descritas en esta Ley son funciones de la profesión de delineante, al igual que las funciones descritas en este otro cuerpo:

Administración especial.
Cuerpo: Técnico de gestión de proyectos de urbanismo y construcción de la administración de la Generalitat. B-08.
Requisitos: Ciclo formativo de grado superior de Formación Profesional de la familia Edificación y Obra Civil.
Grupo/Subgrupo profesional: B
Funciones: Actividades de organización, tramitación e impulso y, en general, de colaboración técnica con los cuerpos superiores y las propias de la profesión relacionadas con las actividades técnicas de proyectos de delineación, topografía, infraestructura, replanteos y planificación de obra, proyectos de obra civil y edificación.

Pues que bien, unos delineantes en un cuerpo 8) y otros en otro :( , al libre albedrío del jefe de RRHH o del funcionario de turno, parece que lo que quieren decir es que “tu” me interesas :lol: pues opositas o te promociono al nuevo Grupo B y “tu” no me caes muy bien :x , pues te pudres en el Grupo C1 con los de Bachillerato y FP1 pero eso sí, ejerciendo las funciones de la profesión de delineante. :evil:
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
Faber
Administrador
Administrador
Mensajes: 3058
Registrado: Mié Nov 09, 2005 12:10 am
Ubicación: Irlanda
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por Faber »

Técnico de gestión de proyectos... madre mia :roll:

Este lío empezó con la desaparición de los títulos de delineante, con su nombre. Pero claro, es normal que cada vez haya más confusión si nosotros mismos somos los que renunciamos al nombre de nuestra profesión y no lo utilizamos:

Teníamos una profesión regulada, un título y un colegio. Ahora tenemos todavía una profesión regulada, pero a la que se accede con una decena o más de títulos (ninguno de ellos llamado delineante) y los colegios están cambiando el nombre y eliminando o escondiendo la palabra.
si algo puede salir bien, saldrá bien
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

Nos hemos dejado engañar con las tan rimbombantes denominaciones de los títulos de Técnico Superior en no sé que....... conque nos permitirían no sé que mejoras..... y pasado el tiempo lo que han conseguido es la división profesional, la disminución competencial profesional, la desafección colegial y casi la practica desaparición de la profesión.

Todavía no he conseguido encontrar ninguna mejora profesional con el cambio de la denominación, no tenemos aquí ni la equivalencia profesional con las formaciones análogas europeas.

Como en otros casos a nivel profesional, teniendo la denominación de título que tengamos, en la practica nos seguirán llamando delineantes a pesar de que algunos no se sientan delineantes y eso nos hace cada día más débiles y seguiremos perdiendo derechos que creíamos adquiridos y veremos pasar, sin movernos, que otros profesionales de aquí y del resto de Europa mantienen intactas o mejoran sus competencias profesionales he incluso mejoran su prestigio profesional.

Si la nueva Formación Profesional en la practica no ha servido ni para mantener nuestras competencias profesionales ¿para qué ha servido la nueva FP?
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

mamensbd escribió:Pues entonces...... a que esperan los colegios valencianos en recurrir esta Ley (reconozco que no sé si lo han hecho :?: )...
Bueno, pues parece que si se están moviendo:
Queda claro que para ocupar una plaza de Delineante, profesión regulada en el estado español, se debe de exigir la titulación que da acceso a la profesión: Técnico Superior; por lo tanto el grupo al cual pertenecerá este funcionario será el B.
El Colegio de Valencia, junto con la Comisión ejecutiva del Consejo General de Colegios ya han emprendido acciones para que se aplique esta nueva regulación del empleado público; tanto a los de nuevo ingreso como a los colegiados que ejercen en las distintas administraciones, locales, regionales y central
”.

Muy interesante el Facebook del Colegio Oficial de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Santa Cruz Tenerife, donde podéis encontrar esta información y otras que también son MUY interesantes como por ejemplo:
PROFESION REGULADA... Solo nos falta, para completar la regulación, una ley que defina nuestras funciones (atribuciones en concurrencia) dentro de cada ámbito de la técnica en el cual trabajamos diariamente. El Consejo General está trabajando en este sentido desde hace tiempo”.
http://www.facebook.com/notes/colegio-o ... 6023475102

Solo espero que en esa Ley o RD no se vuelva ha caer en errores del pasado como enumerar exhaustivamente titulaciones y menos si no son las declaradas oficialmente equivalentes con las establecidas en nuestro Decreto 219/1973, en errores de confundir la denominación de la profesión con alguna de las denominaciones de las titulaciones académicas que le dan acceso, etc..., lo comento por que he visto que los Ministerios tienen en su punto de mira a los Colegios a raíz de la Ley Ómnibus como le ha pasado al Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Castilla y León, Profesión Regulada que recientemente le pusieron un recurso de inconstitucionalidad teniendo que modificar su Artículo sobre la colegiación.
http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/03/p ... -15541.pdf

Os acordáis de la reciente reunión del Ministerio de Educación con la CRUE (http://www.educacion.gob.es/dctm/minist ... 2b80d96cb5), entre los temas a tratar en esa reunión estaba la regulación profesional de los Psicólogos Sanitarios y de los Ingenieros en Edificación. Pues bien parece ser que la de los IE (o como finalmente se llamen) cayo en saco roto y seguirán siendo Arquitectos Técnicos mientras que los Psicólogos Sanitarios han conseguido su Regulación Profesional.
http://www.infocop.es/view_article.asp?id=3634

Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
Disposición adicional séptima. Regulación de la psicología en el ámbito sanitario.
http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/05/p ... -15623.pdf

Bueno, a pesar de la poca información a que nos tienen acostumbrados muchos colegios, espero que para todos acabe pronto esta incertidumbre política, laboral, económica y profesional en la que nos encontramos, espero que en cualquier caso sea para bien.
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

UGT - Aragón. Asunto: Mº Eª Y Hacienda – Mesa Delegada de la MGNAGE 24/11/2011.

Cuerpo de Delineantes de Hacienda.

Una vez más, reiteramos a la Administración como en la última reunión de Mesa Delegada, que el Cuerpo de Delineantes del Estado del MEH debería estar encuadrado en el nuevo Grupo B, ya que la formación necesaria para realizar esta profesión es superior a la requerida para el acceso en el Grupo.

La Administración nos contesta que, en tanto no haya un desarrollo normativo del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y una convocatoria para tal proceso, no será posible el encuadramiento de este Cuerpo.
http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=d ... vA&cad=rja

Bueno, nada nuevo, seguimos a la espera de que la Administración reconozca nuestro nivel académico que se estableció en la LGE de 1970, ampliado en la LOGSE de 1990 y teóricamente mejorado con la actual LOE de 2006. A ver que pasos da el Nuevo Gobierno en este tema.
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
mamensbd
Gran Jefe
Mensajes: 1155
Registrado: Jue May 15, 2008 11:20 pm
Ubicación: Barcelona
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por mamensbd »

Reanimo el tema, parece que hay mejores noticias en otras Comunidades Autónomas con resultados muy diferentes a los obtenidos en la Comunidad Valenciana.

Por suerte hay otra forma de hacer las cosas, a la asturiana.
En el primer borrador del “Proyecto de Ley de medidas en materia de función pública y organización administrativa” del Principado de Asturias NO se contemplaba la posibilidad de que los delineantes titulados pudieran integrarse en el nuevo “Grupo B”.


Al tratarse de una Ley el Colegio de Delineantes de Asturias inició los habituales contactos con TODOS los “Grupos políticos con representación Parlamentaria” para debatir, explicar y reivindicar nuestras necesidades y reclamaciones.
https://www.codelas.com/sites/default/f ... ineant.pdf


Una vez oídas, por parte de todos los Grupos Parlamentarios, las reclamaciones planteadas por del Colegio de Asturias, los diferentes Grupos Parlamentarios plantearon las asiduas “Enmiendas” necesarias para que el Gobierno asturiano modificara, en el tramite parlamentario, el “Proyecto de Ley”.

UPyD:
http://anleo.jgpa.es:8080/.../regent/20 ... 009711.PDF

Foro Asturias:
http://anleo.jgpa.es:8080/.../regent/20 ... 009740.PDF

Partido Popular
http://anleo.jgpa.es:8080/.../regent/20 ... 009750.PDF


El Gobierno asturiano formado por los Grupos Parlamentarios PSOE e IU, Grupos Parlamentarios que también debatieron con el Colegio de Delineantes de Asturias, admitieron las enmiendas presentadas por los Grupos Parlamentarios de la oposición minoritaria modificando el “Proyecto de Ley de medidas en materia de función pública y organización administrativa”:

“...DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Segunda. Constitución del Grupo B de clasificación profesional del personal funcionario en el Principado de Asturias
1. El Consejo de Gobierno adoptará las medidas necesarias y los acuerdos que procedan en Derecho para aprobar, en un plazo que en ningún caso excederá del día 2 de enero de 2015, la constitución del Grupo B de clasificación profesional en el ámbito de la función pública del Principado de Asturias, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional tercera de esta ley.
2. El personal funcionarial que, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda, se integre en el subgrupo profesional C1 y en las pruebas selectivas de acceso a la Administración Pública se le hubiese exigido específica y expresamente en la convocatoria, como requisito para poder participar, estar en posesión del título de técnico superior de formación profesional, se reclasificarán al nuevo Grupo B de clasificación profesional...”.
http://anleo.jgpa.es:8080/documentos/Bo ... A-3314.pdf


Ayer, 17 de Julio de 2014, la Junta General del Principado aprobó la Ley de medidas en materia de función pública y organización administrativa:

“...El Colegio de Delineantes y Técnicos Superiores expresó, a través de su presidente, Francisco José Zarracina, su satisfacción por el marco legal que posibilitará el paso de la adscripción de los delineantes, como titulados superiores, del grupo C-1 del funcionariado, para titulados de educación secundaria, al grupo B, como reclamó el Colegio... “
http://www.lne.es/asturias/2014/07/18/n ... 16052.html


Bien por el Colegio de Delineantes de Asturias, ha demostrado como se tiene que defender a la profesión ante la Administración durante la tramitación de una Ley que en su tramite parlamentario no reconocía nuestras necesidades y reclamaciones, parece que los esfuerzos del CODELAS van ha dar frutos.
Enhorabuena al Colegio de Delineantes y Técnicos Superiores del Principado de Asturias. CODELAS y a los delineantes que trabajan en alguna Administración Pública, autonómica o local, en el Principado de Asturias.


Otro ejemplo, el del Ayuntamiento de Irun:
“Los puestos de Delineación adscritos a las Áreas de Urbanismo y Movilidad se encuadrarán en el Grupo de clasificación B creado por la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, toda vez que la titulación de acceso a tales puestos pertenece en la actualidad a la categoría de Técnico Superior de Formación Profesional. La mecánica de adecuación conlleva las siguientes operaciones: Declaración a extinguir de los actuales puestos y plazas del Subgrupo C1; creación de nuevos puestos
y plazas del Grupo B por la RPT de 2.014; posteriormente, se convocará un proceso de promoción interna restringido a los titulares de los puestos/plazas a extinguir para que promuevan, si lo desean, a la categoría superior”.
http://legislacion.derecho.com/anuncio- ... un-5668420
¿Qué le pedirías a un arquitecto? Otra cerveza, por favor” David Chipperfield. (Corrubedo – Galiza)
Avatar de Usuario
Faber
Administrador
Administrador
Mensajes: 3058
Registrado: Mié Nov 09, 2005 12:10 am
Ubicación: Irlanda
Contactar:

Re: Profesion Regulada? segun la administracion Valenciana N

Mensaje por Faber »

Buenas noticias ir entrando en el grupo B
si algo puede salir bien, saldrá bien
Responder

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 3 invitados